Nuevas condiciones para solicitar concesiones de proyectos de energías renovables

22 marzo 2023

La Comisión Nacional de Energía (CNE) de la República Dominicana, mediante su resolución No. CNE-AD-0004-2023, estableció nuevos requerimientos para los Sistemas de Almacenamiento en Baterías (BESS por sus siglas en inglés), pertenecientes a los proyectos de generación de energía eléctrica a partir de energías renovables variables.

La finalidad de esta medida es utilizar los sistemas BESS en los servicios de arbitraje de energía y, así propiciar un mejor funcionamiento de ese subsector eléctrico. Con esta resolución, se actualizó el régimen regulatorio de los nuevos proyectos de generación de energía renovable, entre los que figuran los proyectos de generación de energía fotovoltaica.

El propósito principal de esta norma es instruirle a los peticionarios interesados o titulares de instalaciones de generación de energía (de fuente primaria renovable variable), los nuevos requerimientos y trámites para ejercer la actividad de generación de energía renovable con el sistemas BESS.

De este modo, los inversionistas se benefician de todos los incentivos establecidos por la Ley No. 57-07 sobre Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de sus Regímenes Especiales, siempre y cuando su proyecto cuente con las instalaciones de almacenamiento necesarias para ofrecer al sistema el servicio de arbitraje de energía.

El servicio de arbitraje de energía consiste en la energía ofertada por los sistemas de almacenamiento, que mantienen operaciones de venta y descarga de energía en períodos de mayor precio y, la compra y carga de energía en períodos de menor precio.

La aplicación de esta resolución se regirá conforme las siguientes modalidades:

-Proyectos con capacidades menores a 50 MWac, no se les exigirá sistemas de almacenamiento.

-Proyectos con capacidades iguales o superiores a 50 MWac y hasta 100 MWac, deberán contar con un sistema de almacenamiento de hasta 30% de su capacidad, con una duración mínima de cuatro horas de almacenamiento.

-Proyectos con capacidades superior a 100 MWac y hasta 200 MWac, con un 50% de su capacidad, con una duración mínima de cuatro horas de almacenamiento.

-Proyectos con capacidades superior a 200 MWac, requerirán de una evaluación previa realizada por la Comisión Nacional de Energía (CNE), que determine la idoneidad de esta, siempre velando por la confiabilidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).

Con esta nueva segmentación, los nuevos inversionistas en el subsector de las energías renovables que están en fase exploratoria, deben realizar los estudios técnicos y financieros correspondientes; pues el cumplimiento con estas novedades regulatorias pudiera potencialmente cambiar el esquema financiero de los mismos.

El nuevo esquema de almacenamiento en baterías promete no sólo dotar de mayor estabilidad la gestión de la energía renovable variable, sino que incluso pudiera mejorar las perspectivas del retorno de la inversión de los proyectos, por la confianza en que es fundamental el suministro en el sector energía; el cual las autoridades dominicanas procuran robustecer con esta nueva norma.

To top