Nuevo Código Penal Dominicano: principales cambios, debates y retos de implementación
Escrito por: Hipólito Sánchez
Reforma histórica del Código Penal Dominicano
La Ley 74-25 sustituye el Código Penal vigente desde 1884 y representa una de las reformas históricas del sistema de justicia dominicano. Su aprobación fue el resultado de más de 20 años de debates y revisiones en el Congreso Nacional.
Aunque el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 74-25 el 3 de agosto de 2025, su entrada en vigor está prevista para agosto de 2026, con el fin de facilitar la capacitación de los actores del sistema judicial.
Principales cambios en la reforma
Nuevas penas y delitos
La reforma aumenta la pena máxima de prisión de 30 a 40 años para delitos de alta gravedad. También permite acumular condenas hasta un máximo de 60 años de prisión.
Asimismo, el nuevo Código Penal incorpora aproximadamente 70 nuevas tipificaciones de delitos, regulando ahora crímenes no contemplados en la legislación anterior.
Delitos con penas de prisión más severas
■ El feminicidio y sicariato se sancionan con penas de entre 30 y 40 años de prisión.
■ La violación sexual se sanciona con penas de 20 a 30 años de prisión. Un aspecto que ha generado mucha atención es la inclusión explícita de la violación dentro del matrimonio.
■ Los delitos de corrupción, tanto pública como privada, contemplan penas de 5 a 15 años de prisión, además de altas sanciones económicas.
■ El nuevo Código Penal incorpora delitos digitales como el ciberacoso, la suplantación de identidad, los fraudes informáticos, la difusión de contenido íntimo sin consentimiento y uso delictivo de deepfakes, con penas de 3 a 10 años de prisión.
■ Los castigos contra invasores de propiedad privada reciben un tratamiento más severo, con penas de hasta 10 años de prisión.
Responsabilidad penal de empresas
Otro cambio relevante es el reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Esto significa que las sociedades o empresas responderán penalmente por los delitos cometidos en su beneficio o, si utilizan su sociedad para cometer infracciones.
Cambios en legítima defensa o prescripción
La reforma amplía el alcance de la legítima defensa, reconociendo de manera más amplia la protección de terceros frente a situaciones de agresión.
El nuevo Código clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Además, extiende los plazos de prescripción de los delitos de abuso sexual hasta 20 años para víctimas adultas y, 30 años para víctimas menores de edad.
Impacto penal en el ejercicio de la medicina
La reforma introduce cambios significativos en la responsabilidad penal en el ejercicio de la medicina, con impacto directo sobre profesionales de la salud y centros médicos.
La ley distingue entre la negligencia médica y las complicaciones de salud que surgen sin negligencia. Estas complicaciones no implican una responsabilidad penal para el profesional de la salud.
El artículo 112 ha suscitado preocupación en el gremio médico, pues define como negligencia los errores quirúrgicos, diagnósticos manifiestamente incorrectos, omisiones de tratamiento, violaciones graves de protocolos médicos y falta de vigilancia postoperatoria.
También la reforma regula la «comisión por omisión». Esta puede generar responsabilidad penal a profesionales médicos si niegan brindar atención de emergencia injustificadamente, no solicitan exámenes indispensables, omiten medidas terapéuticas necesarias o no vigilan pacientes en estado crítico.
Estas conductas pueden dar lugar a responsabilidad penal, incluso si el daño proviene de una omisión y no de una acción directa.
El nuevo régimen procura garantizar la protección de los pacientes frente a conductas negligentes o imprudentes, sin convertir el ejercicio de la medicina en una actividad sometida a una amenaza penal constante.
Principales debates y cuestionamientos
Pese a su relevancia histórica en la normativa penal, el nuevo Código Penal dominicano ha generado polémica entre juristas, gremios y la sociedad entorno a distintos temas.
■ Libertad de expresión y ejercicio periodístico
La denominada «Ley Mordaza» ha generado debate, especialmente en relación con la figura de la “difamación extorsiva”. Algunos sectores expresan preocupación por la forma en que podría interpretarse esta figura, particularmente en investigaciones periodísticas relacionadas con asuntos de interés público.
■ Las Tres Causales
Otro debate mediático ha sido la exclusión las Tres Causales del Aborto, tema que continúa generando posiciones encontradas en distintos sectores de la sociedad.
Retos para la implementación
La implementación del nuevo Código también pondrá a prueba la capacidad operativa del sistema de justicia, caracterizado por manejar una alta carga de trabajo.
La incorporación de más de 70 nuevos tipos penales podría congestionar más al sistema. A ello se suma el reto de fortalecer la capacidad técnica del INACIF y del Ministerio Público para procesar las evidencias de delitos informáticos y financieros antes de su entrada en vigor.
Algunos sectores consideran que las disposiciones relativas al acoso digital podrían generar mayores controversias judiciales y, aumentar los casos sometidos a los tribunales.
Lo que sigue: la aplicación de la reforma
Con la aprobación de la Ley 74-25, la República Dominicana deja atrás un Código Penal con más de un siglo de vigencia.
La reforma ya es una realidad.
Ahora queda esperar cómo será su aplicación en la práctica.