Nuevo proceso para inversionistas españoles gozar de beneficios fiscales con norma de DGII No. 11-22
2 marzo 2023
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), mediante la Norma General Núm. 11-2022, estableció un nuevo procedimiento para los contribuyentes españoles beneficiarse de los Convenios Internacionales para evitar la Doble Tributación (CDT).
Entre los beneficios que pueden obtener los contribuyentes españoles figuran los siguientes:
-Exención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en cuanto a la ganancia de capital ocurrida en la enajenación de acciones de una empresa dominicana (salvo excepciones).
-Limitación al 10% (y a veces 0%) en lugar del 27%, para la retención del ISR en pagos a proveedores españoles de servicios reputados de fuente dominicana.
-Exención de la retención del 10% como pago definitivo del ISR, al momento de distribuirse dividendos; siempre y cuando el accionista recipiente sea una persona jurídica española que detenta más del 75% de la compañía distribuidora.
La Norma Núm. 11-22 está prevista para entrar en vigor el 3 de octubre de 2023. A partir de esta fecha, el contribuyente español que quiera gozar de los beneficios fiscales por el Convenio, necesitará obtener una validación de la DGII que certifique que realmente es un residente fiscal español, y que no tiene residencia permanente en la República Dominicana.
Si la DGII le rechaza la validación, el contribuyente podrá recurrir en reconsideración y/o ante el Tribunal Superior Administrativo, ambos en un plazo de treinta (30) días laborables a partir de su notificación.